Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública
(LOTAIP)
Art. 7.- Difusión de la Información Pública.-
Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución PolÍtica de la República y demás entes señalados en el artÍculo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley se la considera de naturaleza obligatoria:
Literal A)
Literal B)
Literal C)
Literal D)
Literal F)
Literal G)
Literal H)
Literal I)
1.- Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contratciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales y jurídicas, incluidas concesiones, permisos o autorizaciones
Literal J)
Literal K)
Literal M)
Literal N)
Literal O)
Encargado/a de la información de esta Ley:
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